REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 22 de Marzo de 2.006. Años: 196° y 147°.
Exp. N° 7384-06.-
El ciudadano NAUDIS ALBERTO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.445.539, de este domicilio, asistido por la Abogado en ejercicio MARSIL GÓMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 52.932, presentó escrito por ante este Tribunal en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 3, folio N° 2 fte., de fecha 13 de Enero de 1.948, por cuanto se incurrió en el error al asentar el apellido de su madre como: “ALVARES”, siendo lo correcto: “ALVAREZ”.
La solicitud se admitió acordándose resolver sumariamente conforme al artículo 773 del Código de Procedimiento Civil; y notificar al Fiscal del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud quedó plenamente comprobado el error asentado en el Acta de Nacimiento del ciudadano NAUDIS ALBERTO ALVAREZ, y no habiendo objeción por parte del ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público en relación a lo solicitado, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente el apellido de la madre del solicitante como: “ÁLVAREZ”, quedando sin efecto “ALVARES”. En consecuencia se ordena al Jefe Civil antes mencionado y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 22 de Marzo de 2006. Años 196º y l47º.
El Juez Titular,

Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 139-2006, se publicó siendo las 12:00 m. y se expidió copia certificada para el archivo.
EL Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

Exp. Nº 7384-06
Mdeu/4.