REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-001622
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE GOMEZ SANCHEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.327.905, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la carrera 1 con calle 7 y 8 valle de Uribana, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (324 mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terrenos ocupados por José Rodríguez; SUR: Con carrera 1 con calle 7 y 8, ESTE: Terrenos ocupados por Yucly Ortega y OESTE: Terrenos ocupados por Maribel Primero. Dichas bienhechurías consiste en una casa construida con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento constante de una habitación un portón de hierro cercada con alambre de púas y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (5.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos LUIS NUÑEZ Y AIDA YAJURE, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano CARLOS ENRIQUE GOMEZ SANCHEZ ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
/Milagro
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