REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-001857
Vista la solicitud presentada por la ciudadana FRANCISCA BETILDE SUAREZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 7.415.664, este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle principal, 2da Etapa, sector Vicente Rivero, Barrio El Pampero, via Duaca, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierra, que tiene una superficie de CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (198 mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la calle principal que es su frente SUR: Bienhechurías de Angel Amaro ESTE: Bienhechurías de Juan Graterol y OESTE: Con calle 2. Dichas bienhechurías consiste en una casa de bahareque, tres piezas techo de zinc, piso de cemento, cerca de alambre puas con estantillos de madera, matas frutales. El valor invertido es la cantidad de UN MILLON DE BOLÍVARES (1.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MARIA PINEDA Y ENDER SANCHEZ. éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana FRANCISCA BETILDE SUAREZ, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
Milagro
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