REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de abril de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-001624
La ciudadana NELDY RAFAELA LANDAETA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de cédula de identidad N° V- 2.917.612, y de este domicilio, manifestó estar separado de su cónyuge IGNACIO JAVIER FEDERICO NAVARRO MAR, natural de Zaragoza, España, residenciado en esta Ciudad, desde hace más de cinco (5) años por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 20/02/2.006, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 06/03/2.006 se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que contrajeran los ciudadanos NELDY RAFAELA LANDAETA y IGNACIO JAVIER FEDERICO NAVARRO MAR, ya identificados, en fecha 02/12/1.967, por ante el Concejo del Municipio Iribarren del estado Lara. Ofíciese al Concejo y al Registrador Principal correspondiente. En cuanto a la separación de bienes el Tribunal no se pronuncia por no ser compatible la partición de bienes con el procedimiento de Divorcio 185-A. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil seis. Años: 195° y 147°.
La Juez, El Secretario Acc,

Abg. Tania M. Pargas Canelón Abg. Roger J. Adan Cordero.
Publicada en su fecha a las 11:00 a.m.
TMPC/RJAC/jysp.