El Ciudadano TONY JUAN DERGHAM BITAR, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 5.320.833, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figuran los siguientes errores: 1) Aparece errado el apellido de su padre como DARYMAN siendo lo correcto “DERGHAM”; 2) Aparece errado el nombre y apellido de su madre como RAIMMELA VITOR siendo lo correcto “RAIMONDA BITAR”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose publicar un edicto por la prensa y notificar al Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, la boleta anexa y el edicto publicado, ha quedado comprobado los errores señalados, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el apellido del padre del solicitante como “DERGHAM” y el nombre y apellido de la madre como “RAIMONDA BITAR”.- En consecuencia ordena a la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 1.428, año 1949. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los catorce días del mes de Marzo de dos mil seis. Años 195º y 147º.