REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, siete de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: KP02-O-2005-000051

Visto el auto dictado en fecha 21 de abril de 2005, mediante el cual se acordó esperar la consignación del poder del abogado Marco Infante Rivero, para pronunciarse en cuanto al desistimiento, y por cuanto ha transcurrido más de seis (6) meses, sin que la parte haya dado impulso procesal al proceso, este Juzgado DECLARA ABANDONO DE TRAMITES EN EL PRESENTE RECURSO. Archívese el expediente oportunamente. Así se decide, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
El Juez,

Dr. Horacio González Hernández
La Secretaria,

Abog. Sarah Franco Castellanos


HGH/Maida