REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, veintiocho de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : KP02-N-2003-000485

Vista la diligencia suscrita en fecha 29 de Septiembre de 2005, por el ciudadano abogado LEONEL JOSÉ DELGADO CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.327, apoderado judicial del ciudadano GUTIERREZ CIRILO RAMON, titular de la cédula de identidad No. V- 7.534.070 en su carácter de demandante en el presente juicio, mediante la cual expone: Desisto de la acción, en virtud de que se están haciendo los tramites respectivos, para llegar a un acuerdo de pago en forma amistosa con la Gobernación del Estado Portuguesa, este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA PARTE RECURRENTE, le da el carácter de Cosa Juzgada y da por terminado el proceso y ordena el archivo del asunto. Así se declara, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. L.S. El Juez, (fdo) Dr. Horacio González Hernández. La Secretaria, (fdo) Abg. Sarah Franco Castellanos. La suscrita Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, certifica: Que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y se expide por mandato judicial, en Barquisimeto a los veintiocho día del mes de marzo de dos mil seis. Años: 195° y 146°.
La Secretaria,

Abg. Sarah Franco Castellanos

HGH/im.