REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 29 de Marzo de 2006

Visto el ACUERDO suscrito por ante Defensoría “Ángel de la Guarda de los niños y adolescentes”, Barquisimeto – Estado Lara, , entre los ciudadanos NELSIMAR ALEXANDRA ALVAREZ GRANADO y NELSON JESUS ALVAREZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 19.827.566 y V.- 10.771.762, respectivamente, y de este domicilio, relacionado con la Obligación Alimentaria en beneficio de su hija IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, este tribunal le da entrada y la admite, y visto el acuerdo de la Homologación de Alimento dispone homologarlo en los siguientes términos:
“Primero: El padre se compromete a aportar para su hija la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00) MENSUALES, fraccionados en CUARENTE MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,00) Quincenales. Los otros gastos serán cubiertos por el padre temporalmente”
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos NELSIMAR ALEXANDRA ALVAREZ GRANADO y NELSON JESUS ALVAREZ GONZALEZ, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de lo beneficiarios. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Veintinueve (29) días del mes de Marzo de dos mil Seis (2.006). Años: 195° y 146°.

La Juez de Juicio N° 03




Dra. Alida Villasana de Andueza

La Secretaria




Abog. ANA ANZOLA

AVA/AA/ms
Asunto: KP02-S-2006- 005443
Homologación Obligación Alimentaria