REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 16 de Marzo de 2006
AÑOS: 195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2000-002676

Vista la solicitud de CONFINAMIENTO, formulada por el penado FREDDY MANUEL SOTO RAMÍREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.334.059, quien fue condenado en fecha 22/10/00, a la pena de OCHO (08) AÑOS Y DIEZ (10) DÍAS DE PRESIDIO y a las accesorias de Ley establecidas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILÍCITO DE ARMA y por cuanto se observa que dicho penado tiene cumplida las tres cuartas partes de la pena impuesta y tiene buena conducta visto el Informe de Progresividad del beneficio de ESTABLECIMIENTO ABIERTO, suscrito por la Delegado de Prueba T.S. Zulay Barrios y Constancia de Residencia, tal como lo exige el artículo 52 del Código Penal.

D I S P O S I T I V A

Este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 52 del Código Penal ACUERDA la conversión del resto de la pena que le falta por cumplir en Confinamiento al Penado FREDDY MANUEL SOTO RAMÍREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.334.059, por el lapso de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTE (20) DÍAS, QUE SERÍA HASTA EL DÍA 06/12/2007, fecha en la cual debe empezar a cumplir las accesorias de Ley establecidas en el artículo 13 del Código Penal, equivalente a una cuarta parte de la pena corporal, que serian DOS AÑOS, DOS DÍAS Y DOCE HORAS, finalizando el 09/12/2009, el cual lo cumplirá en la siguiente Dirección: BARRIO LA ESPERANZA y CENTRO POBLADO MUNICIPIO ANTONIO RÓMULO COSTA LAS MESAS ESTADO TACHIRA, CARRERA 1 CASA N° 7-63 DE SAN CRISTOBAL, residencia de una hermana, por lo que deberá presentarse ante la Prefectura del Municipio Antonio Rómulo Costa Las Mesas, San Cristóbal Estado Táchira, cada Quince (15) Días. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación dirigida al Centro de Penitenciario de la Región Centro Occidental. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y al Penado. Ofíciese al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental y al Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández y al Prefecto del Municipio Antonio Rómulo Costa Las Mesas, San Cristóbal Estado Táchira.- Cúmplase.-
La Juez de Ejecución Nº 03

El Secretario

Abg. Rubia Castillo de Vásquez







tr.-

DELITO:
ROBO A MANO ARMADA Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO.