REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE JUICIO N° 3
EN SU NOMBRE


Barquisimeto 22 de Marzo de 2006
Años: 195º y 146º


Asunto: KP01-P-2000-003089


Visto el escrito presentado por la Dra. YOLEIDA RODRIGUEZ Defensora del imputado JORGELUIS AGÜERO , de cuyo contenido se infiere que insta al Tribunal a pronunciarse por el Sobreseimiento de la causa toda vez que requiere acta de defunción del imputado, presuntamente fallecido.

Este Tribunal observa: que en fecha siete (7) de Marzo, estando dentro del lapso legal previsto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal dicto Sentencia absolutoria a favor del Ciudadano ROBERT ALI SALAZAR, siendo que en la misma causa se DECRETO EL SOBRESEIMIENTO, a tenor de lo previsto en el ordinal 3º del artículo 318 ejsudem, a los también co-imputados Roger Pastor Salazar Alvarado y Jorge Luis Agüero Alvarado, toda vez que corre a los folios 246 y 247 del asunto Acta suscrita por la autoridad civil de la Parroquia Catedral, en la cual se deja constancia que en fecha 16 de Diciembre de 2001 fallecieron, ambos ciudadanos a consecuencia de heridas por arma de fuego. En razón de lo expuesto, se sugiere a la abogada, solicitar copias de la decisión, si lo considera pertinente.

Regístrese, publíquese y notifíquese del presente auto.
La Jueza de Juicio No. 3
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
La Secretaria