REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 28 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2005-011930
Vista la solicitud de la ciudadana Rosa M. Díaz, en su condición de madre del ciudadano Francisco Adam Díaz, de acuerdo a lo particular del caso el Tribunal.
Tomando en consideración lo planteado en la comunicación de fecha 23-03-2006, el Tribunal fijó Juicio Oral y Público, para el día 04-05-2006, siendo esta la oportunidad procesal para la celebración del Juicio Oral y Público.
Sin embargo me permite informarle que la defensa ha introducido varios escritos solicitando la libertad del referido acusado; los cuales ha sido negado por lo suscrito y por los motivos que aparecen en la decisión.
En virtud que nos encontramos a la víspera de la rotación de las funciones, le sugiero que rarifique el escrito nuevamente a partir del 01-04-2006, a los fines de evaluar el criterio del Juez que suplirá al Tribunal.
DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA lo SOLICITADO por la ciudadana Rosa M. Díaz, que guarda relación a una audiencia , en virtud que el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, no hace mención de Audiencia Especial, por ese concepto sin que las mismas son a instancia de parte o de oficio. Notifíquese a la mencionada ciudadana. Cúmplase.-
El Juez
El Secretario
Abg. Odette Margarita Graffe Ramos
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