REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 28 de Marzo de 2006
Años: 195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2004-001193
Vista la solicitud del abogado defensor Pedro José Troconis Da Silva, actuando en su condición de defensor del ciudadano Nelson David García, donde solicita una medida menos gravosa, el Tribunal emite el siguiente pronunciamiento:
Motivación para decidir:
Ciertamente, el Tribunal de Juicio hasta tanto no se le desvirtúe su derecho de que le sea celebrado el Juicio Oral y Público, se le debe presumir el principio de la presunción de inocencia a todos los ciudadanos que se encuentren en un proceso penal. El ciudadano Nelson David García fue acusado por el Ministerio Público en el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, el cual prevée una sanción de 8 años a 16 años, tomando en consideración la entidad del delito, en caso de encontrarlo culpable no es merecedor del mantenimiento de una medida cautelar, en virtud que excede del límite.
En acta de juicio de fecha 20 de febrero de 2006, fecha pautada para la celebración del Juicio Oral y Público, el cual no se realizó en virtud que no compareció la defensa recaída en su persona, el escabino Israel Antonio Catarí Rivero y el Fiscal 7mo. del Ministerio Público, se encontraban en juicio continuado ante el Tribunal de Juicio N° 4.
Las circunstancias por las cuales el Tribunal de Control N° 9 decretó la medida privativa de libertad, en contra de los acusados no han variado, sin embargo, el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, hace mención de una serie de elementos que la defensa no ha desvirtuado como es el peligro de fuga, dado que no acredita en su solicitud, documentación alguna que determine arraigo en el país.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio N° 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, NIEGA la solicitud de la revisión de la medida por una menos gravosa, tipificado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide. Líbrese notificación a la defensa Pedro Troconis y al Fiscal Séptimo del Ministerio Público.
La Juez
El Secretario
Abg. Odette Margarita Graffe Ramos
OMGR/Iliana L.
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