REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 28 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2006-002693
Visto el escrito de solicitud de orden de aprehensión contra el ciudadano: Naudy Capdevilla, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional en grado de frustración, previsto en los artículos 406 en concordancia con el 2do aparte del 80 ambos de Código Penal; por cuanto surgen fundados elementos de convicción que hacen presumir que el ciudadano Naudy Capdevilla, es autor del hecho imputado, se acuerda con lugar la solicitud fiscal de aprehensión contra el referido ciudadano; por cuanto existen elementos de convicción que surgen de: Acta policial de fecha 09-03-2000, suscrita por los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas , Comisaría Sur San Juan; declaración de la víctima que los señala como quien realizó el disparo; y el hecho se prueba con los reconocimientos médicos legales realizados por los expertos médicos forenses; todas las actas son en copias simples, pero emanan del Ministerio Publico y en atención a ello se le da pleno valor probatorio.-
Dispositiva
Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta APREHENSION en contra del ciudadano: NAUDY GERMAN CAPDEVILLA SIVIRA, titular de la cédula de identidad N° 12.243.372, con domicilio en el caserío Padre Diego de esta jurisdicción, por el delito de Homicidio Intencional Frustrado; en perjuicio de Jusmary Mileidy Pérez, tipificado en el Código Penal en los artículos 406 y 80; todo de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Líbrese orden de captura. Cúmplase.
El Juez
El Secretario
Abg. Honorio Meléndez
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