REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 12 de Junio de 2006
ASUNTO: KP02-L-2005-001746
PARTE ACTORA: MELIYE MELISSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 14.937.278
ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE: BLANCA LETICIA SIERRALTA Nro.102.063.
PARTE DEMANDADA: EMPORIO TRAVEL CLUB C.A.
ABOGADOS APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: YACENI COROMOTO BRACHO MELENDEZ IPSA Nro. 68.316
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 12 de Junio de 2006 siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandada EMPORIO TRAVEL CLUB C.A. la abogada YACENI COROMOTO BRACHO MELENDEZ IPSA Nro. 68.316, quien presenta Poder en original y copia para que sean agregados a los autos, previa certificación. Y por la parte actora compareció la abogada BLANCA LETICIA SIERRALTA Nro.102.063. Dándose así inicio a la Audiencia Preliminar. Se deja expresa constancia que la parte actora compareció con dos (02) minutos de retardo, por lo cual la demandada solicita EL DESISTIMIENTO, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. Este Juzgado en esta misma fecha procede a dictar sentencia motivada, por separado, en el presente asunto. Se deja constancia que la parte demandada consigna escrito de pruebas constante de un (01) folio útil sin anexos, los cuales quedarán en custodia del Tribunal.
La Juez
Abg. Ana Sonia Sánchez
El Secretario
Abg. Gabriel Moreno Viera
Parte Demandada
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