REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 13 de junio de 2006
ASUNTO: KP02-L-2005-002062
PARTE ACTORA: JOSE SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.877.147
ABOGADO ASISTENTE PARTE DEMANDANTE: HAIDY CARRASCO Nro.90.180.
PARTE DEMANDADA: SUGEVEN C.A.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 13 de Junio de 2006 siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por la parte demandada SUGEVEN C.A. el abogado CHRISTIAN PEÑA IPSA Nro. 54.478 Dándose así inicio a la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. Este Juzgado en esta misma fecha procede a dictar sentencia motivada, por separado, en el presente asunto. Se deja constancia de la asistencia de la abogada HAIDY CARRASCO Nro.90.180.En su condición de Procuradora Especial De trabajadores.
La Juez
Abg. Yraima Betancourt Rondón
El Secretario
Abg. Gabriel Moreno Viera
Parte Demandada
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