Visto el convenimiento, suscrito entre los ciudadanos: ODALYS JACQUELINE RAMOS TORRES, titular de a cédula de identidad N°: 15.816.374, en representación de su hijo, ANTONIO JOSEJE SANCHEZ RAMOS, beneficiario de la obligación Alimentaria, y OSCAR ANTONIO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N°: 5.439.255, obligado alimentista, cuya acta riela al folio veintisiete (27), del presente expediente, que por motivo de Obligación Alimentaria, cursa por ante este Juzgado, por lo tanto este Tribunal, le imparte LA HOMOLOGACION, al convenimiento, de conformidad con el artículo 375, de la Ley Orgánica, Para la Protección del Niño y del Adolescente. No se Archiva.-
El Juez Temporal
Dr. Ramón Álvarez Suárez

La Secretaria
Dra. Yosglide Duín León
En la misma fecha se cumplió con lo acordado.-
La Sec.-

EXP. OBLIGACION ALIMENTARIA N°: 573 - 06
DEMANDANTE: OSCAR ANTONIO SANCHEZ
DEMANDADO: ODALYS JACQUELINE RAMOS TORRES
BENEFICIARIOS (A): ANTONIO JOSEJE SANCHEZ RAMOS



Leysis P.-