REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-001729
Vista la solicitud formulada por la ciudadana LUISA ELENA TORIN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.547.248, actuando en su propio nombre y en representación de MARY JOSEFINA TORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.386.390; y de este domicilio; con vista de las declaraciones de los testigos, quienes estuvieron acorde con lo expuesto en las mismas, de conformidad con la facultad que le da a los Jueces la norma contenida en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 ejusdem, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos antes mencionados, su condición de HEREDEROS del causante ASUNCIÓN DEL CARMEN TORIN, quien falleció ab-intestato el primero (01) de Diciembre de 2004, en esta ciudad. Devuélvanse originales con sus resultas
La Juez, El Secretario Suplente
Abg. Tania Maria Pargas Canelón Abg. Edward Ramos
TMPC/ER/VanessaG.- El Suscrito Secretario accidental certifica la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel de su original. Fecha up supra.
El Secretario Acc
Abg. Edward Ramos
|