REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR CUARTO DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 27 de Junio de 2006
194° y 145°

CAUSA: CJPM-TM4ES-018-06
JUEZ: Capitán (EJ) ABG. Eugenio Rafael Hernández Osborn
SECRETARIO: Dtgdo. (GN). Darío Zambrano Chacón.
PENADO: Cabo Primero (GN) Sebastián Quintero Hernández, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.492.592.
DEFENSOR: Abogada Lisbeth Navarro Enriquez, Defensora Privada.

FISCAL: Tte (GN) Luis J. Solórzano González, Fiscal Militar de San Cristóbal.


Visto el fallo dictado en fecha 31 de Marzo del año dos mil seis, por el Tribunal Militar Cuarto de Juicio con sede en San Cristóbal, en el cual Absolvió al ciudadano Cabo Segundo (GN) Sebastián Quintero Hernández, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.492.592, con domicilio y residencia en el Barrio Sana Eduviges, subida de Sabaneta, Catia La Mar, Estado Vargas, actualmente plaza del Destacamento de Vigilancia Costera N° 905 de la Guardia Nacional con sede en la Guaira, Estado Vargas, de la imputación fiscal por la comisión del delito Militar de Abuso de Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 509, numeral 1° del Código Orgánico Justicia Militar.

Definitivamente firme la sentencia dictada, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución, conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, procede a ejecutar la sentencia dictada de acuerdo al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por mandato expreso del artículo 592 del Código Orgánico de Justicia Militar y por cuanto la mencionada sentencia es absolutoria se acuerda concederle al mencionado ciudadano la plena libertad y el gozo de todos sus derechos civiles.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Cuarto de Juicio con sede en San Cristóbal, en la cual Absolvió al ciudadano Cabo Segundo (GN) Sebastián Quintero Hernández, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.492.592, con domicilio y residencia en el Barrio Sana Eduviges, subida de Sabaneta, Catia La Mar, Estado Vargas, actualmente plaza del Destacamento de Vigilancia Costera N° 905 de la Guardia Nacional con sede en la Guaira, Estado Vargas, de la imputación fiscal por la comisión del delito Militar de Abuso de Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 509, numeral 1° del Código Orgánico Justicia Militar.

Regístrese. Expídanse las copias certificadas de ley. Notifíquese conforme a la ley, al Fiscal Militar y al defensor, para que en el lapso de cinco días concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación del presente auto; remítase copia certificada del auto de ejecución de la sentencia al Director de Prisiones del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, a cargo del Departamento de Ejecución Penal; háganse las participaciones correspondientes y por último, remítase el expediente al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar, a los fines previstos en el artículo 98 del Código Orgánico de Justicia Militar.

EL JUEZ DE EJECUCIÓN,


EUGENIO RAFAEL HERNÁNDEZ OSBORN
CAPITAN (EJ) ABOGADO
EL SECRETARIO ACC.,


DARIO ZAMBRANO CHACON
DISTINGUIDO (GN)

En la misma fecha y conforme a lo ordenado precedentemente, se registró la anterior decisión, se expidieron las copias certificadas de ley, se notificó a las partes, se remitió copia certificada del auto de ejecución de la sentencia al Director de Prisiones del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, a cargo del Departamento de Ejecución Penal, se hicieron las participaciones de rigor y por último, se remitió la causa al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar, constante de tres (03) piezas, la Primera Pieza, constante de ciento setenta y cinco (175) folios útiles, la Segunda Pieza, constante de trescientos ochenta y seis (386) folios útiles y la Tercera Pieza, constante de ( ) folios útiles, quedando registrada su salida bajo el N°_________ del Libro respectivo.
EL SECRETARIO ACC.,


DARIO ZAMBRANO CHACON
DISTINGUIDO (GN)