REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

En horas de Despacho del día de hoy Lunes 10 de Julio del año dos mil seis se traslada el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Se constituyo siendo las 11am de la mañana en un inmueble ubicado en la Urbanización Jacinto Lara, tercera Etapa, casa sin numero, de la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, con la presencia del ciudadano. Juez Primario Abg. Rafael José Martínez Rivero y el secretario Abg. Miguel Angel Leon Cariel. A los fines de dar cumplimiento al despacho de comisión, enviado del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de la Medida del Embargo Preventivo, Despacho enviado con ocasión del Juicio intentado por el Abogado Hugo Zambrano Rodríguez, en su carácter de Endosatario en Procuracion de la Sociedad Mercantil Hospital Clínico LOYOLA S.A contra los ciudadanos. Juan José Ramón Ure Rodríguez y Lisbeth Chiquinquirá Andrade Pernalete , titulares de la cedula de identidad N. 5.931.186 y 11.702.485, Para el momento de la constitución del tribunal se encontraba presente en el inmueble, los demandados en autos. Antes identificados, expusieron al tribunal lo siguiente, fui intervenido cuatro veces en esa clínica y en la ultima intervención por mal manejo se me dejo caer de la mesa de pabellón al piso en estado de anestesia inconciencia total, --causándome una lesión en la columna vertebral de la cual anexo informe medico, y en ese mismo acto medico se me rompió la maya causándome otras lesiones, operándome allí mismo de urgencia y la clínica no asumió los gastos que le correspondía, y yo convine con el señor Lázaro Figueroa director de la clínica que posteriormente le haría el pago de la letra y el esta en conocimiento, de mis condiciones actuales y convine que después de la otra intervención medica que necesito, nos íbamos arreglar de la deuda. En este estado el apoderado actor expone. Solicito que sea suspendida la medida de embargo, es todo. Acompaña al tribunal los ciudadanos. Luis Gonzalez, titular de la cedula de identidad N. V- 4.400.177, y Maria Elena Montes de Oca, titular de la cedula N. V- 5.932.458, igualmente acompaña al tribunal un efectivo de la Guardia Nacional, ciudadano Abraham Gudiño, titular de la cedula N. V- 7.409.423. El Tribunal Visto la exposición de las partes ordena el regreso a su sede natural y ordena agregar a los autos copia fototastica del informe medico señalado, es todo se termino, se leyo y conforme firman.
El Juez Los demandados.
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El Apoderado Actor. El Guardia Nacional.


Los ciudadanos Presentes. El secretario.