REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-T-2005-000052

PARTE ACTORA: JUSTO RAFAEL FUGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.982.481, de este domicilio.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Abogada ANGI OROPEZA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 113.873, de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: JUAN MAURICIO CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.403.773, de este domicilio.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE DAÑOS Y PERJUICIOS (Derivados de Accidente de Tránsito).

Se inició el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS Derivados de Accidente de Tránsito, intentado por el ciudadano JUSTO RAFAEL FUGUEROA contra el ciudadano JUAN MAURICIO CORONADO, el cual se admitió a sustanciación en fecha 28/06/2.005, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara (f. 11).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación fue en fecha 28/06/2.005, donde se admitió la presente demanda, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS Derivados de Accidente de Tránsito, seguido por el ciudadano JUSTO RAFAEL FUGUEROA contra el ciudadano JUAN MAURICIO CORONADO, supra identificados.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintisiete (27) días del mes de Julio de dos mil seis. AÑOS: 196° y 147°.
La Juez Suplente Especial

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria Acc.

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

En la misma fecha se publicó y se dejó copia.

La Sec. Acc.