REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-006143
La ciudadana BELKIS ALIDA PEREZ ARTEAGA, venezolana, con C.I. Nº 9.562.335, de este domicilio, manifestó estar separada de su esposo FRANKLIN ALTIDORO AMARO GOMEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.367.872, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 02-05-2006, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 17-05-2006, se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos BELKIS ALIDA PEREZ ARTEAGA y FRANKLIN ALTIDORA AMARO GOMEZ, antes identificados, por ante el Jefe Civil del Distrito Páez Acarigua estado Portuguesa en fecha 07 de Mayo de 1982. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 06 días del mes de Julio de dos mil seis.
LA JUEZ, EL SECRETARIO SUPLENTE,
ABG. TANIA MARIA PARGAS CANELON ABG. EDWARD RAMOS
Publicada en su fecha a las 2:00 p.m.
TMPC/ER/sosa. El Suscrito Secretario del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto a su original. Fecha Ut-Supra.
EL SECRETARIO,
ABG. EDWARD RAMOS.
El Juez
Abg. Tania M. Pargas Canelón
El Secretario
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