REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-000943
La Ciudadana ANA ISABEL HERNANDEZ MARRERO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.009.199, manifestó estar separado de su cónyuge EDGAR JOSÉ MELENDEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº V-4.576.279, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 14 de Febrero de 2006, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
“ÚNICO”: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos ANA ISABEL HERNANDEZ MARRERO y EDGAR JOSÉ MELENDEZ RAMOS ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal, en fecha 05 de Octubre de 1.979. De dicha unión matrimonial procrearon (2) hijo, quienes son mayores de edad. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal y al Registro Principal. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil seis. Años: 196º y 147º .
La Juez El Secretario Suplente,
Abg. Tania M. Pargas Canelón Abg. Edward Ramos
TMPC/ER/VanessaG.- EL SUSCRITO SECRETARIO SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.
EL SECRETARIO SUPLENTE,
ABG. EDWARD RAMOS
El Juez
Abg. Tania M. Pargas Canelón
El Secretario
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