REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
SALA DE JUICIO - JUEZ TITULAR Nº 02
196º y 147º


PARTES:

DEMANDANTE: Joelibis Andy Lameda Quevedo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.902.649.

DEMANDADO: Rosa Elena Cardenas Carrasco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.343.051.

MOTIVO: Régimen de Visitas


Por escrito presentado ante este Tribunal, en fecha diecinueve (19) de junio de 2.006, el ciudadano Joelibis Andy Lameda Quevedo, ya identificado, en su carácter de representante legal de su hijo el niño Omitido artículo 65 Lopna, asistido por la Defensora Pública N° 02 del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, extensión Carora, abogada Belangel Leclair Camacho Lucena, solicitó al tribunal se fijara un régimen de visita, los fines de semana, en caso de viajes o fiestas familiares, épocas navideñas alternándose las fechas importantes y que pueda llevar a su hijo a su casa para que pueda compartir con él y que él comparte con sus familiares, su mamá y hermanos, etc., para así poder lograr la formación de lazos familiares muy importante para el bienestar psíquico y mora, etc., de su hijo. Consignó en ese mismo acto constante de cuatro (4) folios útiles, copia fotostática de la cédula de identidad, copia certificada de la partida de nacimiento de su hijo, originales de constancia médica y tarjeta de control de citas.

Admitida la solicitud en fecha veintiséis (26) de junio de 2.006, se ordenó citar a la ciudadana Rosa Elena Cardenas Carrasco y se notificó al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público. Se cumplieron todas las diligencias ordenadas en el auto de admisión.

En fecha cuatro (04) de julio de 2.006, el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Publicó fue notificado por el Alguacil de este tribunal.

En fecha once (11) de julio de 2.006, la ciudadana Rosa Elena Cardenas Carrasco, fue citada por el Alguacil de este tribunal.

En fecha catorce (14) de julio de 2.006, el tribunal dejó constancia que se llevó a cabo el acto conciliatorio entre las partes, compareciendo ante este Tribunal los ciudadanos Joelibis Andy Lameda Quevedo y Rosa Elena Cardenas Carrasco, plenamente identificados en autos, los cuales sostuvieron reunión con el Juez Titular N° 02 de la Sala de Juicio, Alberto Herrera Coronel, llegando al siguiente acuerdo: “Propongo como régimen de visitas en beneficio a mi hijo Omitido artículo 65 Lopna, para poder compartir con mi hijo, tenerlo un fin de semana yo y un fin de semana su madre, para poder llevarlo conmigo a donde yo vivo, con el compromiso de mi parte de que retornare a mi hijo los días lunes a las once (11:00 a.m.) de la mañana y entregárselo a su madre en el hogar donde ella habita, quiero manifestar que como mi hijo va hacer operado el día martes, lo visitare mientras este mi hijo en la etapa de recuperación y posteriormente ya recuperado de dicha operación seguiré cumpliendo con el régimen de visitas aquí establecido. Seguidamente estando presente en este mismo acto la ciudadana Rosa Elena Cardenas Carrasco, ya identificada en autos, expone: Estoy de acuerdo con el régimen de visitas propuesto por el padre de mi hijo, siempre y cuando el mismo se cumpla a cabalidad y que su padre cuando lo tenga con él, lo cuide y lo proteja. Quiero agregar a dicha declaración que mi hijo va hacer intervenido quirúrgicamente el día martes”.

Este Juzgado observa:

Al folio doce (12) riela el convenio suscrito entre los ciudadanos Joelibis Andy Lameda Quevedo y Rosa Elena Cardenas Carrasco, ya identificados, el cual no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su homologación. Conforme a dicho acuerdo el régimen de visitas se establece de la siguiente manera: El niño pasará un fin de semana con su padre y un fin de semana con su madre, el padre podrá llevarlo consigo a donde el vive y retornarlo al hogar de la madre los días lunes a las once (11:00 a.m.) de la mañana, entregárselo personalmente a la madre en el hogar donde ella habita. Los ciudadanos Rosa Elena Cardenas Carrasco y Joelibis Andy Lameda Quevedo, quedan comprometidos a mantener una relación cordial de respeto mutuo, así como también hacer todo lo posible para coordinar bien el régimen de visitas establecido por ellos ante este tribunal.-

Expídase copia certificada por la Secretaria de esta sentencia y archívese.

Regístrese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 01, de este despacho a los diecisiete (17) días del mes de julio de 2.006. Años 196º y 147º.-

EL JUEZ TITULAR N° 02 DE LA SALA DE JUICIO

Abg. ALBERTO HERRERA CORONEL

LA SECRETARIA

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 675-2.006, y se público siendo las 08:30 a.m.

LA SECRETARIA

Abog. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS


EXP. Nº 2SJ4.994-06
AHC/rac/02