REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 18 de Julio de 2006
Sala de Juicio IV
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-013357
Motivo: Convenio de Régimen de Visitas
Partes: Arami Benito Vera Blanco y Ana Salvadora Rangel Pernia, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.893.894 y V-11.924.853, respectivamente.
Niña: Vera Rangel, de cinco (05), diez (10) y trece (13) años de edad, respectivamente.
Por recibido de la URDD, en fecha 13/07/2006, convenio de régimen de visitas, presentado por los ciudadanos Luis Sotillett y Alberta Sinisclachi, en su carácter de representantes de la Defensoria Municipal del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Baruta, désele entrada, anótese en el libro respectivo y regístrese bajo el número AP51-S-2006-013357, nomenclatura del Tribunal. Revisadas las actas que conforman el presente asunto, contentivo del Convenio de Régimen de Visitas suscrito por los ciudadanos Arami Benito Vera Blanco y Ana Salvadora Rangel Pernia, antes identificados, a favor de sus hijos, Vera Rangel, de cinco (05), diez (10) y trece (13) años de edad, respectivamente, se admite por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres ni disposición expresa de la ley, en consecuencia esta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, le imparte su respectiva homologación, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaría copia certificada del acuerdo y del presente auto y fórmese un solo cuerpo, entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 18 días del mes de julio de 2006. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez de Sala

Emilio Ruiz Guía El Secretario,

José Alberto Totesaut
ERG/JAT/Emely
ASUNTO : AP51-S-2006-012907