REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 24 de Febrero de 2006
Años 195º y 146º


ASUNTO: KP02-L-2005-001855
PARTE ACTORA: OSWALDO JOSE ESCALONA GODOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.403.439
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD INTEGRAL SIUCA, C.A.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO ADOLFO LOPEZ PEREZ, IPSA Nro. 94.983, en su condición de Gerente de Operaciones
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy 24 de Febrero de 2006 siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte accionada el abogado GUSTAVO ADOLFO LOPEZ PEREZ, IPSA Nro. 94.983, en su condición de Gerente de Operaciones, quien consigna en este acto escrito de promoción de pruebas constante de un (01) folio útil y anexos marcados de A a la H, respectivamente, las cuales se agrega a los autos. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ciudadano OSWALDO JOSE ESCALONA GODOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.403.439, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.


La Juez



Abg. Nahir Giménez Peraza
La Secretaria


Abg. Yesenia P. Vásquez R.


Firma la parte en señal de asistencia