REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : KP02-M-2005-000566

Vista la transacción suscrita por el ciudadano DELCIRIO JESUS MUJICA, titular de la Cédula de Identidad N° 8.054.730; en su condición de parte demandada en el presente proceso de COBRO DE BOLIVARES y la abogada BELKYS MAYELA PARRA, inscrita en el IPSA bajo el N° 108.828, en su condición de endosataria en procuración de la parte actora; este Tribunal visto que mediante un contrato bilateral las partes en litigio mediante reciprocas concesiones ponen fin al presente juicio; y disponiendo las partes en litigio de la capacidad suficiente para transar y así ponerle fin al mismo, sin que en el fondo por otra parte la formula en referencia verse sobre materia en los cuales afecten el orden público o las buenas costumbres, ni versa en definitiva sobre materiar en las cuales se encuentren prohibidas las transacciones, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa la formula en referencia, en consecuencia, téngase la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.

El Juez


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario acc,


Greddy Eduardo Rosas
Gdv.