REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 
Barquisimeto, ocho de febrero de dos mil seis
 
195º y 146º
 
 
ASUNTO: KP02-S-2005-004975
 
 
	El ciudadano JOSE MANUEL ALONZO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.439.947, y de este domicilio, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario asentaron el primer apellido de su padre como: "ALONZO" siendo su nombre correcto: "ALONSO".- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
 
 	Este Tribunal para decidir observa:
 
	UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento del ciudadano JOSE MANUEL ALONZO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.439.947, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el primer apellido de su padre como: "ALONSO".- En consecuencia, se ordena a la Prefectura de la Parroquia Bolívar del Municipio Autónomo Moran del estado Lara y al Registrador Principal correspondiente, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 474, folio 261fte, del año 1.962. Queda firme en esta misma fecha.-
 
	Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los ocho días del mes de febrero de dos mil seis.  Años: 195º y 146º.-
 
	 La Juez.,					                    El Secretario Acc.,
 
							
 
Abg. Tania M. Pargas Canelón		                      Abg. Roger J. Adan Cordero.
 
 
Publicada en su fecha a las 11:50 a.m.
 
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-301 y 0900-302.
 
TMP/RJAC/jysp.-
 
 
 |