REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, veintiuno de febrero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : KP02-N-2003-000501
Vista la diligencia suscrita por el abogado Leonel Delgado Castellanos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 67.327, en su condición de apoderado judicial del ciudadano EUSTIQUINO JOSÉ ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 1.221.819, parte recurrente, mediante la cual expone: Desisto del procedimiento y de la acción, en virtud de que se están haciendo los trámites respectivos, para llegar a un acuerdo con la Gobernación del Estado Portuguesa, este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA PARTE RECURRENTE, le da el carácter de Cosa Juzgada y da por terminado el proceso. Igualmente solicita copia certificada del presente auto, este Tribunal acuerda expedir copia certificada solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia expídase la copia certificada de lo solicitado. Archívese oportunamente el expediente. Así se declara, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
El Juez,
Dr. Horacio González Hernández
La Secretaria,
Abog. Sarah Franco Castellanos

HGH/thelse





L.S. El Juez, (fdo) Dr. Horacio González Hernández. La Secretaria, (fdo) Abog. Sarah Franco Castellanos. La suscrita Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, certifica: Que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original y se expide por mandato judicial, en Barquisimeto a los veintiún días del mes de febrero de dos mil seis. Años: 195° y 147°.
La Secretaria,

Abog Sarah Franco Castellanos