REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
SALA DE JUICIO - JUEZ Nº 2.
AÑOS 195º y 146º


En fecha 10 de enero de 2.006, la ciudadana Milagro De La Chiquinquirá Cordero Rojas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.852.517, actuando en representación de sus hijos el niño (Omitido artículo 65 LOPNA) y la adolescente (Omitido artículo 65 LOPNA), solicitó autorización judicial para ser consignada ante el Banco Provincial agencia Carora, para los trámites legales.

Este Juzgado para decidir observa:

Llenos los requisitos exigidos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede: AUTORIZACION suficiente a la ciudadana Milagro De La Chiquinquirá Cordero Rojas, para que en representación de sus hijos el niño (Omitido artículo 65 LOPNA) y la adolescente (Omitido artículo 65 LOPNA), realice los trámites legales ante la entidad bancaria Banco Provincial agencia Carora, cuenta de ahorros N° 0111-2402-0200019212 y proceda a cobrar las cantidades que les correspondan al referido niño y la adolescente como heredera del difunto Jesús Onofre Villegas, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° 3.446.424. Se le advierte a la referida entidad bancaria que el monto correspondiente al niño y la adolescente deberán ser remitidos a este Despacho mediante Cheque de Gerencia a la orden del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Extensión Carora.

Regístrese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 02 de febrero del 2.006. Años 195° y 146°.

El Juez Titular de la Sala de Juicio N° 2.


Abg: Alberto Herrera Coronel.
La Secretaria.
Abg. Luisa Cristina González Campos.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 93-2.006 siendo las 10:45 am.

La Secretaria.



Abg. Luisa Cristina González Campos.

Exp: 2SJ-4.397-06.
AHC/mz/05.