REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, Seis de Febrero del 2.006
195º y 146º
Visto el ACUERDO suscrito por ante Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, entre los ciudadanos Jaddcelys Patricia Silva Alburjas y José Luis Figueroa Albahaca, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 15.666.631 y V-13.510.427 respectivamente, y de este domicilio, relacionado con la Homologación de Visitas en beneficio IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, Un (01) y seis ( 06) años de edad respectivamente, este Tribunal le da entrada lo admite , cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres, o alguna disposición expresa de Ley, en consecuencia se dispone homologarlo en los siguientes términos:
Primero: El padre buscará a sus hijos en el domicilio materno, cada quince días, el Domingo a las 8:30 am y los regresará el mismo día a las 7:30 pm.
Segundo: En Diciembre el padre buscará a sus hijos en día 25 y el 01 de Enero de 2.006.
Tercero: En vacaciones laborales del padre, buscará a sus hijos para compartir con ellos.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de las beneficiarias. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Se le requiere a las partes solicitantes que consignen copia certificada de la Partida de Nacimiento de BRENDA PATRICIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, al Seis (06) día del mes de Febrero de dos mil Seis (2.006). Años: 195° y 146°.
Juez de Juicio N° 3
La Secretaria
Abog. Alida M. Villasana Andueza.
Asunto: KP02-S-2006-000227
Homologación de Visitas
Mariela
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