REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN
Barquisimeto, 24 de febrero de 2006
AÑOS: 195° Y 146°
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-1999-000689.-
Revisadas las presentes actuaciones, y por cuanto de las mismas se desprende que el penado CARLOS ALBERTO MOGOLLÓN, a quien se le había suspendido condicionalmente la ejecución de la pena, falleció a consecuencia de herida por arma de fuego, según acta de defunción suscrito por el Jefe Civil de la Parroquia Concepción; y siendo que nuestro Código Sustantivo Penal dispone que la muerte del reo extingue la pena, sólo resta al Tribunal resolver en este sentido, y así se declara.
DIPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA IMPUESTA A QUIEN EN VIDA RESPONDIERE AL NOMBRE DE CARLOS ALBERTO MOGOLLÓN, con cédula de identidad N° 7.375.130, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal en su único aparte. Notifíquese de la presente decisión a la Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público, a la Defensa del penado precitado, y al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. REGISTRESE Y PUBLÍQUESE LA PRESENTE DECISIÓN. CUMPLASE CON LO ORDENADO.
LA JUEZA TITULAR SEGUNDA DE EJECUCIÓN,
ABG. BLANCA LUISA SANTANA VERENZUELA.
LA SECRETARIA
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