REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de enero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : KP02-F-2003-000479


DEMANDANTE: JOSE ISIDRO SEQUERA HERNANDEZ

DEMANDADO: ANA CRISTINA ESCALONA VALERA

MOTIVO: DIVORCIO 185-A


De la revisión de las actas se observa que desde la fecha 22-08-2003 ha transcurrido más de un año sin que la parte actora haya ejecutado ningún acto en el proceso de DIVORCIO 185-A a los fines de la prosecución del mismo este Tribunal administrando Justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el Art. 267 del C.P.C. en cu encabezamiento; en concordancia con el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil.
Archivese expediente
LA JUEZ

EL SECRETARIO ACC.

ABG. TANIA MARIA PARGAS
ABG. ROGER JOSE ADAN CORDERO
EL SUSCRITO SECRTARIO ACCIDENTAL DEL JUZGAD PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA COPIA QUE ANTECEDE. FECHA-SUPRA.
EL SECRETARIO ACC.
TMPC/RJAC/yasmín