REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: KP02-S-2005-017198
El ciudadana ciudadano JOSÈ HERIBERTO MONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.323.905, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el nombre de su madre como JULIA MONTES siendo lo correcto “JULIETA MONTES”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de la madre del solicitante como “JULIETA MONTES”..- En consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Camacaro del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento Nº 281, folio 91 Fte., año 1949. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los veintitrés días del mes de Enero de dos mil seis. Años 195º y 146º.

LA JUEZ, EL SECRETARIO ACC.,



ABG. TANIA M. PARGAS CANELON. ABG. ROGER JOSE ADAN CORDERO

Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-137 y 0900-138.-
TMPC/RJA/Agcg.-