REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de enero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-017173
Los Ciudadanos FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ MANZANO y CARMEN ELISA RODRIGUEZ MANZANO, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 7.456.329 y 7.986.593, respectivamente, solicitaron la rectificación de sus PARTIDAS DE NACIMIENTO, en el sentido que asentaron el nombre de su madre como ERIBERTA, siendo lo correcto “HERIBERTA”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente, y notificar al Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, han quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dichas rectificaciones en el sentido que figure el nombre correcto de la madre de los solicitantes como “HERIBERTA”.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Diego de Lozada, Municipio Jiménez del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en las Partidas de Nacimientos Nros. 159, folio 80 fte., año 1955 y N° 42, folio19 vto., año 1966. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los diecinueve días del mes de Enero de dos mil seis. Años 195º y 146º.
LA JUEZ, EL SECRETARIO ACC,

ABG. TANIA M. PARGAS C. ROGER JOSE ADAN C.
Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-101 Y 102.-
TMP/RJA/ij.