REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 19 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2000-002975


Vista la decisión de este Tribunal en fecha 16 de Enero del 2006, donde se ordena la reanudación del proceso al ciudadano FELIX ORLANDO VARGAS, titular de la cedula de identidad N° 3.238.937, corresponde a este Juzgador exponer las razones de tal decisión:

Se verifica que en la audiencia de presentación de imputado el Tribunal decreto la remisión a Juicio del presente asunto de no ser posible o efectivo el cese de la medida alternativa a la prosecución del proceso; como quiera que la audiencia especial convocada se realizo, pero no así el cumplimiento de las condiciones a saber, por causa de estar detenido por otro asunto, tal consta del Sistema JURIS y de actas; Sin embargo este Tribunal ordeno reanudar el proceso y convoco a audiencia preliminar cuando lo correcto era remitir a Juicio, por lo que se corrige el error y se deja sin efecto la convocatoria a audiencia preliminar y se ordena remitir a Juicio en la oportunidad legal.

Siendo que el hacho ocurrió en fecha 21 de Noviembre del 2000, todo el proceso se reverifico por la norma vigente para la fecha, vale decir, el Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 28 de Enero de 1998, gaceta oficial N° 5208, reformado en fecha 25 de Agosto del 2000; de igual, el artículo 24 Constitucional se lee “Ninguna disposición Legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena”; por lo que la norma a aplicar en el caso concreto, es el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha, el mismo ordena la reanudación del proceso a la etapa procesal siguientes, siendo ella, la remisión a Juicio por haberse decretado procedimiento abreviado en la audiencia de presentación, folios siete (7) al veintiuno (21), específicamente al folio dieciocho (18), así se decide:

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Sexto, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la reanudación del proceso, que se le sigue al ciudadano FELIX ORLANDO VARGAS, ampliamente identificado y en consecuencia se ordena la reemisión al Tribunal de Juicio por haberse decretado procedimiento abreviado, de conformidad con los artículos 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 41 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha del hecho.Cúmplase. Notifíquese.




El Juez de Control N° 6

El Secretario

Abg. Honorio Meléndez