REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL MILITAR TERCERO DE CONTROL CON SEDE EN CARACAS
CARACAS, 12 DE ENERO DE 2006
195º y 145º
Visto el escrito, recibido en fecha 11 de Enero de 2006, constante de tres (03) folios útiles, presentado por el ciudadano Teniente (EJ) ELÍAS PLASENCIA MONDRAGÓN, Fiscal Militar Tercero de Caracas, mediante el cual solicita EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, con motivo de la presunta comisión del delito militar de “DESERCIÓN”, previsto y sancionado en el artículo 523, 527, ordinal 2º y 569 del Código Orgánico de Justicia Militar; en el cual se encuentra involucrado el ciudadano Alistado (GN) (+) MORENO GARCÍA SHERWIN JOSÉ, titular de la cédula Nº V- 16.030.915, plaza de la ESCUELA DE FORMACIÓN DE GUARDIAS NACIONALES, “CNEL (F) MARTÍN BASTIDA TORRES”, DE LA GUARDIA NACIONAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 1º 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y 432 ordinal 2º del Código Orgánico de Justicia Militar, aplicable a la Jurisdicción Militar por mandato expreso de los artículos 20 y 592 del código castrense, este Juzgado Militar para decidir observa:
PRIMERO
Antes de pronunciarse este Órgano Jurisdiccional hace un recorrido de la presente causa, con todas las incidencias que se han presentado en la misma:
“...En fecha 03 de Noviembre del dos mil tres, recibió ante ésta Fiscalía Militar Tercera de Caracas, la Orden Previa de Apertura de Investigación Penal Militar Nº 3852, de fecha 28 de Octubre de (2003), emanada del ciudadano General de Brigada (EJ) Ministro de la Defensa, relacionada con la presunta comisión de uno de los Delitos Contra los Deberes y el Honor Militar (DESERCIÓN) previsto y sancionado en el artículo 523, 527 ordinal 1º y 528 del código orgánico de justicia militar, donde se encuentra como presunto imputado el ciudadano Alistado (GN) SHERWIN JOSÉ MORENO GARCÍA, titular de la cédula Nº V- 16.030.915, quien fue plaza de la ESCUELA DE FORMACIÓN DE GUARDIA NCIONALES “CNEL. (F) MARTÍN BASTIDA TORRES” DE LA GUARDIA NACIONAL..” (sic).
SEGUNDO
Del estudio y análisis de las actas en investigación así como del escrito de solicitud Ratificación de Sobreseimiento, presentado por el ciudadano Teniente (EJ) ELIAS PLASENCIA MONDRAGON Fiscal Militar:
“... Del análisis de la presente causa se desprende, que el ciudadano Alistado (GN) SHERWIN JOSÉ MORENO GARCÍA, titular de la cédula Nº V- 16.030.915, plaza de la Escuela de Formación de Guardias Nacionales Coronel (F) “MARTÍN BASTIDAS TORRES”. Es el caso, que el precitado Alistado salió de permiso especial de su Unidad debiendo regresar el día 1120:00JUN03 a las instalaciones de la Unidad, con la finalidad de reincorporarse a las actividades normales de la Institución, pero el mencionado Tropa alistada no se presentó, anotándose en las formas de mensaje conjunto: Nº 706; 707; 708 de fecha 14, 24 de Junio del 2003 y 02 de Julio del 2003 como Retardado de permiso: procediendo su Comando a realizar las diligencias necesarias para ubicar al mencionado imputado a través del plan de localización mediante llamadas telefónicas, comisiones, acciones estas infructuosas, por lo que fue pasado a la situación de presunto DESERTOR...” (sic)
TERCERO
“...Ahora bien, en fecha 16 de Noviembre de 2.005, el ciudadano Capitán (GN) JOSÉ GONZÁLEZ ESPÍN, Comandante de la Compañía de Seguridad del Instituto Militar Universitario de Formación de Guardias Nacionales “CORONEL (F) MARTÍN BASTIDAS TORRES”, informa a éste despacho mediante Comunicación Nº IMUT-GN-CMBT CS. 0084; inserta en el folio veintiséis (26) de la presente causa, del fallecimiento del ciudadano Alistado (GN) MORENO GARCÍA SHERWIN JOSÉ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.030.915, y de igual forma, remite a éste Despacho Fiscal Militar Tercero de Caracas, copia del Acta de Defunción del citado Alistado de la Guardia Nacional, copia ésta que corre inserto en el folio veintisiete (27) de la presente causa; probando éste hecho la Muerte del Imputado; una de las formas de extinción de la Acción Penal, según lo establece el ordinal 2º del artículo 436 del Código Orgánico de Justicia Militar; en concordada relación con lo que al efecto establecen los artículos 48 ordinal 1º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual evidencia que existe una tipicidad, al subsumirse la acción con la norma in comento...” (sic).
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto y llenos como se encuentran los extremos de ley, este Ministerio Público, solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano Alistado (GN) MORENO GARCÍA SHERWIN JOSÉ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.030.915, plaza del Instituto Militar Universitario de Formación de Guardias Nacionales “CORONEL (F) MARTÍN BASTIDAS TORRES”, con motivo de la presunta comisión de uno de los Delitos contra los Deberes y el Honor Militar (DESERCIÓN MILITAR EN TIEMPO DE PAZ), de conformidad con lo previsto en los artículos 48 ordinal 1º, 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal y 436 ordinal 2º del Código Orgánico de Justicia Militar aplicable a la Jurisdicción Militar por mandato expuesto de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y particípese .HÁGASE COMO SE ORDENA.
LA JUEZ MILITAR,
SIRIA VENERO DE GUERRERO
CAPITÁN DE CORBETA.
LA SECRETARIA,
CARELIS GALLUZZO ASCANIO
TENIENTE (EJ)..
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