Quíbor, 19 de Diciembre de 2006.
196° y 147°

EXP. N° 2334
Partes: ELIZABETH GREGORIA SEQUERA ARANGUREN, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.737.127.
YERRY LUIS RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.372.048.
Beneficiarios: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
Motivo: Pensión Alimentaria

Vista la CONCILIACIÓN a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto al folio Diecinueve (19), por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la Apertura del Cuaderno de Cumplimiento Alimentario, anexándole copia certificada de la Conciliación y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. YUNIA ROSA GÓMEZ DUARTE
LA SECRETARIA

DRA. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

DRA. ANA MARIA AGUILERA