QUIBOR: 11 DE AGOSTO DEL 2006.
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196° Y 147°
EXP. N° 1802
DEMANDANTE: JOSE LUIS VILLEGAS Labrador, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la avenida 7, entre calles 13 y 14 de esta ciudad de Quibor, municipio Jiménez del Estado Lara y titular de la Cédula de Identidad N° 9.557.290,
ABOGADO ASISTENTE: DR.PEDRO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA, bajo el N° 13.532.
DEMANDADO: EDGAR PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 7.879.753
JUICIO TRANSITO (DAÑOS Y PERJUICIOS).
Visto el CONVENIMIENTO formulado por las Partes en el presente Juicio, inserto a los folios Cuarenta y Seis (46) al Cuarenta y siete (47) vto, del presente expediente, por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho y versa sobre Derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, da por consumado el acto y procede como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, e imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Archivo del presente Expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial del Estado Lara en su oportunidad.-
Asi se decide.
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
JUEZ DEL MUNICIPIO JIMENEZ
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
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