GADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 09 de Agosto de 2.006.
196º y 147º

Visto el dictamen emanado de la Procuraduría General de la República (folios 11-26), se evidencia que el fundo objeto de la solicitud de Título Supletorio presentada por el ciudadano CLAIR ANTONIO CASTILLO NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.382.028, asistido por el Abogado EMILIO BETANCOURT ZUBILLAGA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 22.385, se encuentra ubicado en jurisdicción del Municipio Baralt del Estado Zulia, este Tribunal en razón del Territorio acuerda declinar la competencia para conocer de la misma, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas. En consecuencia, remítase la presente solicitud mediante oficio a dicho Juzgado, para lo cual se designa como Correo Especial al Abg. EMILIO BETANCOURT ZUBILLAGA, titular de la cédula de identidad Nº 5.323.074. Tómese el juramento de Ley. Líbrese oficio.
El Juez,


Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA.

La Secretaria Accidental,


Abg. LAURA MARINA JUAREZ

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 463-2.005, siendo las 2:05 p.m., se libró copia certificada para archivo y se remite la presente solicitud constante de 28 folios útiles con oficio Nº 584-2006.
La Secretaria Accidental,


Abg. LAURA MARINA JUAREZ
Sol. Nº 826-02.-RAM/mdeu/4.