Resolución N°: PJ0132006000052

SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
Vista la solicitud de Sobreseimiento Definitivo efectuada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Novena en Materia Penal de Responsabilidad del Adolescente del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en la causa seguida a: LUIS ALBERTO MALAVE ZAMBRANO, por la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente, en perjuicio de: EURITH DE JESUS CALCETA GIL, a los fines de pronunciarse el Tribunal observa:
Fundamenta su petitorio la Representación Fiscal en que: “…en fecha 31 de enero del año dos mil seis, se realizó por ante ese Juzgado Primero de Control de la Sección Penal de Adolescentes, la Audiencia Preliminar, donde se promovió la conciliación, siendo homologado en los siguientes términos: el adolescente Luis Alberto Malavé, queda obligado a Primero: cancelar a través de su representante la cantidad de dos millones de bolívares ( 2.000.000,oo ). Segundo: el adolescente se compromete a continuar sus estudios para lo cual deberá consignar constancia de los mismos, suspendiéndose el proceso a prueba por el lapso de seis meses. En virtud que el adolescente cumplió con las obligaciones pactadas tal como se evidencia a los folios 57, 58, 60, 61 y 62 de la presente causa.”
Ahora bien, revisadas las Actas Procesales, se evidencia que efectivamente el adolescente cumplió cabalmente con las obligaciones que asumió; a tales efectos, a los folios cincuenta y siete ( 57), cincuenta y ocho ( 58 ), y sesenta, reposan instrumentos de carácter privado, donde consta que la ciudadana: Ana Zulay Gil Calseta, en su carácter de Representante legal de: Eurith de Jesús Calseta Gil, recibió de manos de la ciudadana: Deciree del Carmen Malavé Zambrano, hermana del adolescente: Luis Alberto Malavé Zambrano, la cantidad de Dos Millones de Bolívares ( Bs: 2.000.000,oo), dando cumplimiento así a una de las obligaciones. En segundo lugar, a los folios sesenta y uno ( 61 ) y sesenta y dos (62), cursa certificación de notas emanada de la U. E . C. GRAN MARISCAL DE AYACUCHO, y constancia de la tramitación del título respectivo, que no fueron impugnadas en su oportunidad legal, por tanto, conservan su valor probatorio, quedando de esta forma cumplidas las precitadas obligaciones dentro del lapso fijado; Así se decide.-
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control, Sección Adolescentes, Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida al adolescente: LUIS ALBERTO MALAVE ZAMBRANO, de 17 años de edad, estudiante, titular de la cédula de identidad N°: V- 19.728.726, residenciado en la Calle Concepción, Casa N° 03, La Sabanita, de esta Ciudad, por la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente, en perjuicio de: EURITH DE JESUS CALSETA GIL., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución respectivo, en su oportunidad legal.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABOG. JORGE J. FIGARELLA VALLES

LA SECRETARIA DE SALA
ABOG