REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de abril de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-006250

Vista la solicitud presentada por el ciudadano LUCINDO RODRÍGUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.550.069, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la carretera vieja hacia Carora, kilómetro 11, vía Pedro Diego, sector Las Veras, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara; en un lote de terreno ejido, con una extensión aproximada 1.200 Mts.2, alinderadas de la siguiente manera NORTE: carretera vieja hacia Carora; SUR: con el final de la calle 5; ESTE: terreno baldío y OESTE: terreno ocupado por José Herrera. Dichas bienhechurías consisten en paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento, tres habitaciones, una sala, cocina, un baño, instalaciones eléctricas, aguas blancas y cerca de alambre de púas con estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 7.000.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos WIL FRAN TRIANA Y JUAN DE DIOS SANTANA éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano MARILUZ FIGUEROA Y LUIS PEÑA ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez Suplente,

Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria


María Fernanda Alviárez



/ g.p.