REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 
Barquisimeto, veintiseis de abril de dos mil seis
 
196º y 147º
 
ASUNTO : KP02-S-2005-001997
 
Los ciudadanos MIRIAM EMILIA PEREZ y ALFREDO JOSE ESCALONA ALVAREZ,  venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.442.710 y 13.464.111, respectivamente, presentaron escrito de SEPARACION DE CUERPOS, por mutuo consentimiento.  Admitida la solicitud el 4 de Marzo de 2005, se declaró la Separación de Cuerpos por estar fundamentada en causa legal. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público.  El 24 de Abril de 2006, 	los cónyuges solicitaron la conversión en divorcio.
 
	El Tribunal para decidir observa:
 
	En vista de que ha transcurrido más de un año de la Separación de Cuerpos y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación y previa solicitud de las partes, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA la conversión en divorcio, en consecuencia declara DISUELTO el vínculo que contrajeran MIRIAM EMILIA PEREZ y ALFREDO JOSE ESCALONA ALVAREZ, ya identificados,  ante el Jefe Civil de la Parroquia Concepción del  Municipio Iribarren del Estado Lara, el 16 de Agosto  de 1995.  Ofíciese a la Prefectura y al Registrador Principal correspondiente.  La presente sentencia queda firme en su misma fecha. Ejecútese.- Expídanse las copias certificadas pertinentes.-
 
	Publíquese y regístrese.-
 
	Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.-
 
	En Barquisimeto, a los  veintiséis   días del mes de Abril del dos mil seis.  Años: 195º y 147º.-
 
LA JUEZ,					EL  SECRETARIO ACC
 
(fdo)						(fdo)
 
ABG. TANIA MARIA PARGAS C.               ROGER JOSE ADAN CORDERO
 
Publicaada en su misma fecha a las 11:45.a.m. 
 
TMPC/RJAC/sosa.
 
 
 |