REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Region Centro Occidental
Barquisimeto, seis de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : KP02-N-2005-000415

Vista la diligencia suscrita en fecha 27 de Marzo de 2006, por el abogado RAÚL JIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.426, en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada DELL’ ACQUA C.A., mediante la cual expone: Desisto del Recurso Contencioso de Nulidad conjuntamente con Medida Cautelar de la suspensión de los efectos, que fuera incoada, en virtud de que en fecha 16 de Febrero de 2006, fue reenganchado el ciudadano PEDRO JIMÉNEZ y se le cancelaron los salarios caídos; este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA PARTE RECURRENTE, le da el carácter de Cosa Juzgada y da por terminado el proceso y ordena el archivo del asunto. Así se declara, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez,

Dr. Horacio González Hernández
La Secretaria,

Abg. Sarah Franco Castellanos
Seguidamente se archivo.
La Secretaria,

HGH/Yudith.