REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE CONTROL
SECCION ADOLESCENTE -EXTENSION CARORA

Carora, 17 de Abril de 2006
Año 195º y 147º

Asunto Nº 1 C0-00037-2003.-
AUDIENCIA ORAL DE FIJACION DE PLAZO PRUDENCIAL

Hoy en la ciudad de Carora a los Diecisiete (17) días del mes de Abril del año Dos Mil Seis, siendo las 2:00 P.M; se constituye en la sala de Audiencia el Tribunal en Función de Control Nº 01, presidido por el Juez Dr. JORGE DÍAZ MENDOZA, la Secretaria de sala Abg. Marilù Patiño de La Mar y la Alguacil Ciudadana Mary del Carmen Veliz; siendo la oportunidad fijada conforme a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal de aplicación supletoria por remisión expresa del artículo 537, Aparte Único de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, para la realización de la AUDIENCIA ORAL DE FIJACIÒN DE PLAZO PRUDENCIAL PARA QUE CONCLUYA LA INVESTIGACION PENAL en la Causa seguida al Adolescente Imputado Ciudadano: XXXXXXXXXXXXXX, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD (precalificación Fiscal) previsto en el Código Penal Vigente y sancionado en la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del Ciudadano GUILLERMO DE JESUS GOMEZ PEREZ. Verificada la presencia de las partes por la Secretaria de Sala, deja expresa constancia que comparecieron: previa notificación el Adolescente Imputado Ciudadano, XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, venezolano, adolescente, de años 19 años de edad, nació el 28-05-1986, soltero, natural de Carora, Municipio Torres, Estado Lara, titular de al Cedula de identidad Nº V-XXXXXXXXXXXXX, residenciado en la Calle El Rosario, casa Nº 10-73, calle nueva con calle San pablo Carora Estado Lara , de la ciudadana Luisa del Rosario Chirinos titular de a Cedula de Identidad Nº V-6.574.613 aquí presente; debidamente asistido en este acto el imputado por la Defensora Pública Penal de Responsabilidad de Adolescentes Dra. CARMEN ALICIA MONTILVA, así mismo presente la Representación Fiscal Especial Auxiliar Vigésimo Cuarto del Ministerio Público Dr. JUAN CARLO SALDIVIA CARVAJAL. Seguidamente se da inicio a la Audiencia Oral, y se le impone al Adolescente de los Derechos fundamentales contenidos en la Ley Especial en los artículos 538 al 549, ambos, inclusive y advierte a los presentes sobre las Formulas de Solución Anticipada contempladas en la Ley Especial siendo éstas la Conciliación, la remisión y la Admisión de los Hechos. A continuación Juez explica a los presentes el motivo de la Audiencia Oral. Seguidamente tiene la palabra la Defensora Pública Dra. CARMEN ALICIA MONTILVA, quien expone: “ Consigne escrito , por cuanto tiene mas de seis meses de que se dio inicio a la investigación y por cuanto no se ha presentado acto conclusivo es por lo que de acuerdo a lo previsto en el Art. 313 solicite la Audiencia para fijación del plazo prudencial , así mismo como el adolescente se presenta cada ocho Díaz semanalmente solicito se le alargue cada quince Díaz por cuanto el mismo esta trabajando en contracción por lo que ratifica escrito de fecha 06-04-2006, donde solicita fijación de plazo prudencial como lo establece el articulo 313 de C.O.P.P., a los fines de que el Ministerio Pùblico presente acto conclusivo en la presente investigación,...es todo”. De seguido le pregunta si tienen algo que decir con respecto a lo solicitado por su Defensa, Contesto “No”.El Tribunal deja constancia que manifestó no tener nada que decir. Acto seguido se le concede la palabra a la Representación Fiscal Dr. JUAN CARLOS SALDIVIA CARAVAJAL, quien expone: “ oida la defensa solicito un lapso de treinta días para presentar el acto conclusivo, y dejo a criterio del Tribunal en lo relacionado a que se alarguen las presentaciones, es todo”. Acto seguido el Tribunal de Control Nº 01, pasa a decidir: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Una vez oída a la Defensa Pública a si como al Ministerio Pùblico, y en relación al interés superior del adolescente de la fijación del plazo prudencial así como que sea extendidas las presentaciones semanales a quincenal por razones de trabajo, y vista la exposición de la Vindicta Publica en solicitar un plazo de treinta días continuaos para la presentación del acto conclusivo, el Tribunal acuerda conceder el plazo de treinta (30) días continuos para la presentación del acto conclusivo, venciendo dicho lapso el 17 de mayo del presente año. SEGUNDO: En cuanto a la solicitud de la extensión de la presentacion periodica ante el Tribunal que venia cumpliendo el adolescente imputado, la misma se Ratifica y se modifica en cuanto a la forma de cumplimiento por lo que el adolescente Imputado ciudadano: XXXXXXXXXXXXXXXXX, venezolano, adolescente, de años 19 años de edad, nació el 28-05-1986, soltero, natural de Carora, Municipio Torres, Estado Lara, titular de al Cedula de identidad Nº V-XXXXXXXXXXXXXXXXX, residenciado en la Calle El Rosario, casa Nº 10-73, calle nueva con calle San pablo Carora Estado Lara de la ciudadana Luisa del Rosario Chirinos deberá hacer su próxima presentación de manera quincenal, contada a partir del día de hoy para el día 2 de mayo del presente año y así consecutivamente cada quince dìas. TERCERO. El adolescente o su representante legal deberá consignar constancia de trabajo, a mas tardar el día viernes 21-04- 2006 indicando la persona para quien trabaja, horario de trabajo, y asignación por sueldo. Ofíciese a la Unidad de Alguacilazgo del cambio de presentación semanal por quincenal. Es todo, término, se leyó siendo las 2:30 PM y conformes firman.


EL JUEZ DE CONTROL Nº 01


DR. JORGE DÍAZ MENDOZA

FISCAL ESP. AUX. 24º. MINIST. PUBLICO

DR. JUAN CARLO SALDIVIA CARVAJAL.





DEFENSORA PULICA

DRA. CARMEN ALICIA MONTILVA

EL ADOLESCENTE IMPUTADO


LA PROGENITORA


EL ALGUACIL



LA SECRETARIA DE SALA

ABG. MARILU PATIÑO DE LA MAR