REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-S-2005-009168

Vista la solicitud presentada por el ciudadano EZEQUIEL GIL NOGALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.475.475, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el Barrio El Caribe, Calle 3, a cuarenta y tres metros con cincuenta centímetros (43,50 Mts.) del eje de la Carrera 1, de esta ciudad, Parroquia Concepción, del Estado Lara, sobre un lote de terreno propio, que adquirió por compre según documento protocolizado por ante al Oficina Subalterna del segundo Circuito de Registro Publico del Distrito Iribarren del Estado Lara, en fecha siete (07) de Mayo de 1.991, inserto bajo el N° 4, Tomo 4, Protocolo Primero, Segundo Trimestre, con una superficie aproximada de TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (3.245,29 M2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: En tres líneas: La primera de un metro con treinta centímetros (1,30 Mts.) con la calle 3; La Segunda de cuarenta y nueve metros con veinte centímetros (49,20 Mts.) con terrenos ocupados por Enrique La Cruz; y la Tercera de once metros con sesenta centímetros (11,60 Mts.) con terrenos ocupados por Enrique La Cruz; SUR: En dos líneas: La Primera de veintisiete metros con ochenta centímetros (27,80 Mts.) con terrenos ocupaos por Pastora Peña; y al Segunda de treinta y cinco metros con veinte centímetros (35,20 Mts.) con la carrera 1, que es su frente; ESTE: En línea de sesenta y nueve metros con ochenta centímetros (69,80 Mts.) con terrenos ocupados por Francisco Guevara Falcón; y OESTE: En tres líneas: La Primera de cuarenta y dos metros con setenta y cinco centímetros (42,75 Mts.) con terrenos ocupados por Pastora Peña; La Segunda de nueve metros con treinta y cuatro centímetros (9,34 Mts.) con calle 3 que es su frente; y La Tercera línea de veinte metros con cuarenta centímetros (20,40 Mts.) con calle 3 que es su frente. Dichas bienhechurías consisten en unas edificaciones que están conformadas por dos galpones; Un (1) galpón con una edificación anexa de dos (2) plantas para oficinas (sin terminar la planta baja), con frente a la carrera 1 y un (1) galpón y una ampliación, con frente a la calle 3 del Barrio Caribe. GALPÓN 1: Ocupa un área de terreno de aproximadamente Dos Mil Trescientos Sesenta metros Cuadrados con Veintinueve centímetros (2.360,29 M2), y posee un área techada de galpón de Un mil ciento un metros cuadrados son siete centímetros (1.101,07 M2), y sus características constructivas son: Fundaciones directas y aisladas, estructura metálica, techo de laminas galvanizadas, paredes de bloque de concreto en obra limpia, bloques de ventilación, piso de concreto rustico, y puertas de portón metálico, PLANTA BAJA DEL EDIFICIO: Tiene un área de treinta y ocho metros cuadrados con cuarenta centímetros (38,40 M2) y sus características constructivas son: Fundaciones directas, estructuras de concreto armado, entrepiso de losa de concreto, paredes de bloque, piso de cerámica, marcos metálicos, puertas de madera entamboradas, formica, metal y vidrio, ventanas de metal y vidrio, piezas sanitarias blancas, cerámicas de color, y equipos de aires acondicionados, y su distribución es: Oficina y baño, PLANTA ALTA DEL EDIFICIO: Tiene un área de treinta y ocho metros cuadrados con cuarenta centímetros (38,40 M2) y sus características constructivas son: Fundaciones directas, estructuras de concreto armado y metálico, laminas de acerolit, paredes de bloque, piso de concreto rustico, frisos esponjeados, sin pintura, puertas sin instalar, ventanas con enrejado metálico, GALPÓN 2: Ocupa un área de terreno de aproximadamente Ochocientos Ochenta y Cinco metros cuadrados (885,00 M2) y posee un área techada de galpón de aproximadamente Setecientos Veinticinco metros cuadrados (725,00 M2) y sus características constructivas son: Fundaciones directas y aisladas, estructuras de concreto y metálica, techo de laminas de acerolit, paredes de bloque de concreto en obra limpia, bloques de ventilación, piso de concreto rustico, puertas de portones metálicos. AMPLIACIONES DE GALPÓN: Tiene un área de Doscientos trece metros cuadrados (213,00 M2), y sus características constructivas son: Fundaciones directas y aisladas, estructuras de concreto metálico, techo de laminas de acerolit, paredes de bloque de concreto y bloques de ventilación, pisó de concreto rustico, puertas de portón metálico. El valor invertido es la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL CIENTO SEIS BOLÍVARES CON CATORCE CÉNTIMOS (BS. 355.860.106,14) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: JEAN LEONARDO TUA y NIXSON YORWIN TORREALBA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano EZEQUIEL GIL NOGALES, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez Suplente Especial,


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria Acc,


Ligia Díaz de Suárez


MJP/dmg