REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de septiembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-F-2005-000040


LA SUSCRITA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, ABOGADA MARILUZ JOSEFINA PÉREZ, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Visto el convenimiento realizado por la parte demandada en el presente juicio de RECONOCIMIENTO DE FILIACIÓN MATERNA, intentado por el ciudadano ANTONIO JOSÉ ADÁN, titular de la cédula de identidad N° 7.305.144, contra la ciudadana FELICIANA DEL CARMEN ADÁN (VIVIENTE) mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 7.305.847, notificada como ha sido la Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público Dra. MARIELA VILORIA, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el artículo 232 del Código Civil. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Expídanse copia certificada del presente auto y remítase con oficio al Jefe Civil de Aguada Grande, Parroquia San Miguel, Municipio Urdaneta del Estado Lara, para que sea insertado en los libros de Registro Civil de Nacimientos y haga las veces de Partida de Nacimiento del ciudadano ANTONIO JOSÉ ADÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.305.144, nacido en Aguada Grande, Parroquia San Miguel, Municipio Urdaneta del Estado Lara, el día 19 de Enero de 1.952, hija de FELICIANA DEL CARMEN ADAN (viviente), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.305.847, domiciliada en la Vía Duaca Kilómetro 14, caserío Rastrojitos, sector Los Tulipanes, Barquisimeto, Estado Lara. Déjese copia.
La Juez Suplente Especial

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ La Secretaria Acc.

LIGIA DÍAZ DE SÁNCHEZ

MJP/Mónica