REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de septiembre de dos mil cinco
Años: 195º y 146º
ASUNTO : KH03-X-2005-110
Las presentes actuaciones suben a esta alzada en virtud de la inhibición que suscribe el abogado OSCAR EDUARDO RIVERO LÓPEZ, Juez Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en el acta que cursa al folio 1 del presente expediente, acción de Amparo constitucional intentada por los ciudadanos Esteban Ramón González Sánchez y otros contra la Junta Directiva de la Asociación de Vecinos de la Urb. El Valle (Asovalle), mediante la cual manifiesta que
“en fecha 13 de junio de 2005 el suscrito Juez de mérito en la oportunidad legal procedió a dictar sentencia declarando con lugar la pretensión…por lo que procede a inhibirse en la presente causa por fuerza del dispositivo contenido en el ordinal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, es decir, por haber emitido opinión”.
Ahora bien, analizadas las actas, observa esta alzada que efectivamente, cursa del folio 2 al 8 la sentencia mencionada, subsumiéndose la situación planteada por el precitado juez en el ordinal del artículo referido, por lo que forzoso es concluir que la inhibición planteada es conforme a derecho y, en consecuencia, se declara CON LUGAR en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión al juez inhibido a los fines legales consiguientes y, de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase otra copia certificada para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.
El Juez Provisorio,
Saúl Darío Meléndez Meléndez El Se-
cretario,
Julio Montes
Publicada en la misma fecha en horas de Despacho y seguidamente se expidieron las copias certificadas conforme a lo ordenado, remitiéndose una al Juez inhibido con oficio No. 2005/ 480.
El Secretario
Julio Montes
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