REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 12 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-010220

Este Juzgado de Control Nº 9 Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a los ciudadanos OMAR PASTOR DURAN Y JHONNY ARGENIS PERNALETE, titulares de la cédulas de Identidad Nros V-19.324.099 y V-18.332.206, por el delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 7, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo. Líbrese las correspondientes Boletas excarcelación. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público y a las partes, indicándole el Nº 13F5-1101-05. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara a los fines de su conservación y archivo del mismo. Cúmplase.



El Juez

El Secretario

Abg. Magaly Esther López Mendez