Vistas las presentes actuaciones, se observa una vez revisado el sistema computarizado Juris 2000, que el ciudadano imputado JHONNY MARCOS MENDOZA, no se ha presentado ninguna vez por ante la URDD de este Circuito Judicial Penal. Lo apuntado evidencia un claro incumplimiento de la medida impuesta en fech 09-03-03, constituyendo una causal que hace procedente la revocatoria de la medida. En consecuencia este Tribunal, por auto de esta misma fecha REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, impuesta al imputado JHONNY MARCOS MENDOZA, conforme a lo establecido en el 3° ordinal del art. 262 del COPP y ACUERDA LA CAPTURA del mismo a nivel nacional. Líbrese oficio a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Notifíquese a las partes. Cúmplase.