Visto el Convenimiento suscrito entre el ciudadano ALVARADO GUTIERREZ ELIO FERNANDO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°:7.989.959 y CASTILLO MENDOZA ELVIA ROSA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°:11.585.908, En el Expediente N°:0A 82-2005, que por motvo de Obligación Alimentaria fue remitido con OFICIO N°:00021-2005, por la Defensoría del Niño y del Adolescente de EL Tocuyo, Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Oficiese a la Defensoría del Niño y del Adolescente participándole la presente Homologación.
EL Juez Temporal
Dr. Ramón Alvarez Suarez. La Secretaria
Abg. Yosglide Duin León.
En la misma fecha se libró Oficio bajo el N°: 2650-509
La Sec..
Magalis V.